La organización de consumidores Facua ha denunciado a once compañías de contenidos para móviles ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi), el Instituto Nacional del Consumo y las autoridades de Consumo de las comunidades autónomas donde están ubicadas las firmas por prácticas abusivas. La asociación considera que los precios de descarga son la mayoría de las ocasiones desproporcionados y que “se trata de un sector plagado de abusos que mueve miles de millones de euros cada año y cuya regulación sigue pendiente de que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio apruebe un código de conducta”.
Facua explicó que el precio por enviar tres SMS y conectarse a Internet para descargase una melodía cuesta hasta 6,38 euros, mientras que un juego con cinco mensajes llega a alcanzar los 9,86 euros. Asimismo, los servicios de suscripción por recibir los mensajes invitando a los usuarios a realizar descargas cuestan entre 13,92 y 21,58 euros mensuales.
La organización explicó que de las once compañías encuestadas, cinco ofrecen servicios de suscripción (Flycell, Dada, Jamba, MyBip y Dindo), otras cuatro ofertan descargas individuales de sonidos, textos, imágenes, vídeos y juegos (Movisexy, Interbusca, Olemovil y Divertimovil), mientras que Movilisto y Club Zed disponen de ambas opciones.
Facua explicó que generalmente para realizar una descarga las compañías imponen el envío de entre dos y cinco SMS, algo que en muchos casos no aclaran y nunca informan del precio total de cada contenido. Además las que ofertan servicios de suscripción no indican cuánto tendrá que abonar el usuario al mes por todos los mensajes recibidos.
FACUA ha denunciado por ello a las once empresas ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Setsi), el Instituto Nacional del Consumo y las autoridades de Consumo de las comunidades autónomas donde están ubicadas. La asociación advierte que las firmas vulneran la obligación de indicar el precio final completo que “toda información al consumidor” debe recoger según el artículo 60 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Además considera que se incumple el punto 2 de la Resolución de 30 de diciembre de 2002, de la Setsi, que establece que “el precio deberá expresarse claramente, de tal forma que su conocimiento o apreciación sea perceptible para el usuario, sin que éste necesite realizar ningún esfuerzo para su comprobación”.
NORMATIVA YA APROBADA
FACUA critica que aunque el Ministerio de Industria aprobó hace más de un año una normativa para el sector de los SMS Premium, la Orden ITC/308/2008, de 31 de enero, la mayor parte de su contenido todavía no está vigente, a la espera de la elaboración de un código de conducta. Cuando éste se apruebe, para lo que no existe plazo, habrá que esperar cuatro meses más para que entre en vigor.
Estos servicios, eso sí, ya están catalogados como de tarificación adicional. Por ello, si el usuario no está de acuerdo con las cantidades facturadas por su operador de telefonía, puede presentar una reclamación y paralizar hasta que se resuelva el pago de la parte de los mensajes que va destinada a la empresa prestadora de los servicios de descargas.
Fuente: Europa Press