La Unión Europea ha decidido avalar la posibilidad de cortar el acceso a Internet a los usuarios que descarguen contenidos protegidos por derechos de autor sin necesidad de contar con una orden judicial previa. Se trata de un acuerdo aprobado ayer por la Eurocámara en el marco de la reforma de las telecomunicaciones.

Países como Francia o el Reino Unido han sido los principales precursores de una medida que las asociaciones de internautas han intentado evitar a toda costa. Su regulación plantea dudas sobre el derecho a la privacidad de los usuarios en su uso de la Red. De hecho, los eurodiputados habían frenado hasta ahora la aprobación de la reforma de las telecomunicaciones reclamando que la nueva normativa prohibiera expresamente el acceso a Internet sin orden judicial.

Una de cal y otra de arena

Para compensar esta medida, la Eurocámara pactó un nuevo artículo de protección de los derechos de los internautas que no estaba previsto en la versión inicial de la legislación. En él se afirma que las restricciones al acceso a Internet “sólo pueden imponerse si son adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática”. Tales medidas sólo podrán adoptarse “respetando el principio de presunción de inocencia y el derecho a la privacidad” y como resultado de un “procedimiento previo, justo e imparcial” que garantice “el derecho a ser escuchado” y “el derecho a una revisión judicial eficaz y en el momento oportuno”.

Situación española

A pesar de la medida adoptada ayer en la Unión Europea, en España la legislación exige una autorización, aunque el Gobierno estudia cambiar la normativa.

Según explicó ayer a elEconomista el director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo, durante la Conferencia de Privacidad que se celebra esta semana en Madrid, es necesario establecer medios dirigidos a garantizar dos derechos que están en juego: “Hay que garantizar el derecho de autor impidiendo una práctica ilegítima como es la piratería en Internet, pero mediante medidas lo menos intrusivas posible en la privacidad de los ciudadanos, proporcionadas en todo caso”.

La reforma de las telecomunicaciones incluye, además, otras medidas como unas garantías para asegurar la neutralidad de la Red e impedir que los operadores discriminen entre varios tipos de transmisión de datos en Internet, como voz o servicios P2P. Las nuevas reglas dan poderes a los reguladores nacionales para que fijen niveles mínimos de calidad para los servicios de transmisión de Red para promover esta neutralidad.

Por otro lado, se otorga a los reguladores nacionales para que puedan forzar a los operadores históricos, como Telefónica, a separar funcionalmente el departamento de servicios de la gestión de la Red en caso de problemas de competencia. Esta medida sólo se podría aceptar en casos excepcionales, cuando no hayan servido otras recetas.

También contempla más derechos para los consumidores, como la prohibición de contratos superiores a los dos años de duración o la obligación para las operadoras de permitir a los clientes cambiar de compañía conservando el mismo número de teléfono en un plazo máximo de un día. Las operadoras tendrán la responsabilidad de luchar contra los virus y el spam y de notificar a los clientes los fallos de seguridad que detecten.

Fuente: www.eleconomista.es

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