Cada producto electrónico que se vende en España está amparado por una garantía mínima de dos años. Sin embargo, la Unión de Consumidores de España (UCE) ha comprobado que los grandes nombres de la electrónica no respetan este plazo, y ha denunciado a Sony, Philips, Samsung, HP y Toshiba por ‘incumplir sistemáticamente con la legislación española en materia de garantías’.
A pesar de que la ley que regula los derechos de los consumidores se aplica desde hace cuatro años, esta norma, dice la UCE, ‘ha sido incumplida por comerciantes y fabricantes’. Las principales quejas que han recibido de los consumidores están relacionadas con productos de telefonía móvil, electrónica e informática.
Los fabricantes antes citados, por ejemplo, sólo ofertan una garantía a sus productos de un año. Además, tampoco se respeta el derecho del consumidor a cambiar el aparato defectuoso por otro nuevo en el caso de que su reparación no sea posible.
«Se han dado casos absurdos» -cuentan desde la UCE- «como el de un usuario que llevó a reparar un móvil diez veces sin que se lo cambiaran». Aunque la ley aprobada en noviembre del año pasado exige claramente al vendedor que se responsabilice de los productos que vende, en la mayor parte de los casos «resulta casi imposible que el comerciante sustituya el producto defectuoso por uno nuevo».
Algunas grandes superficies aplican trucos disuasorios para impedir al usuario ejercer sus derechos. Llegan a exigir que se aporte un informe pericial que demuestre que el defecto que causó la avería era de fabricación, y no una consecuencia del mal uso, algo que, dicen los consumidores, «supone un coste añadido al usuario, a quien en la mayoría de las ocasiones, no compensa económicamente el trámite y opta por desistir en la reclamación».
La UCE ha detectado otras empresas que no cumplen la ley (como Kodak y Airis), y ha anunciado que también serán denunciadas. Además, desde este organismo se va a elaborar y hacer pública una lista negra de empresas de electrónica de consumo, «con el fin de informar a los consumidores españoles sobre las marcas comerciales y los distribuidores que incumplen de forma descarada las obligaciones legales de la Ley de Garantías de Bienes de Consumo».
Diez consejos
Además, la UCE ha realizado las siguientes recomendaciones a los consumidores:
1. Comunicar inmediatamente al vendedor los defectos o falta de conformidad manifestados en el producto, para evitar que transcurran los plazos
2. Exigir el documento de garantía por escrito y sellado por el establecimiento
3. Guardar los recibos de compra y documentos relativos a las reparaciones en garantía. Serán útiles a la hora de reivindicar los derechos establecidos en la ley.
4. Hay que asegurarse de la existencia de un adecuado servicio técnico en la región, o al menos, en el país.
5. El plazo mínimo de garantía para los productos nuevos es de dos años. El fabricante puede ofrecer un plazo superior, pero nunca inferior.
6. El comprador puede escoger entre la reparación o la sustitución del producto, salvo que una de las opciones sea desproporcionada.
7. Cuando las anteriores opciones no sean posibles, el vendedor procederá a la devolución del importe de la compra en efectivo.
8. Durante la vigencia de la garantía, cualquier reparación será gratuita y no se pueden cobrar gastos por piezas, mano de obra ni desplazamientos del servicio técnico.
9. Se deben conservar los partes de reparación. Si la avería se reproduce, hay que exigir la sustitución del producto por otro nuevo en perfectas condiciones de uso.
10. Ante cualquier incumplimiento, solicitar la hoja de reclamaciones.